Si aún disponen de fondos, la ampliación de las finalidades a que se pueden destinar las ayudas así como el plazo de cobertura, puede permitir a muchas empresas acceder a las ayudas a que inicialmente no tenían derecho o mejorar el importe que inicialmente se les ha asignado
El Real Decreto Ley 17/2021 (Medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad) incluye entre sus disposiciones finales –en concreto en la tercera- una modificación del art. 3 del Real Decreto Ley 5/2021 (Medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de COVID-19) a través de la cual se ha modificado -para ampliarlo- el plazo a considerar para determinar los costes subvencionables por las ayudas de la Línea Covid, así como para incluir entre los mismos a las pérdidas contables que no hayan sido ya cubiertas con otras ayudas o subvenciones.
Inicialmente, estas ayudas fueron reguladas con el fin de destinarlas al pago de las deudas generadas y a la compensación de los costes fijos incurridos desde el 1 de marzo de 2020 al 31 de mayo de 2021 de aquellas empresas con una caída en el volumen de operaciones anual en 2020 con respecto a 2019 superior al 30 por ciento pertenecientes a los sectores más castigados por la pandemia.
Posteriormente, el Real Decreto Ley 6/2021 (Medidas complementarias de apoyo a empresas y autónomos afectados por la pandemia de COVID-19) permitió el acceso a las ayudas a empresas con resultados netos negativos en sus declaraciones de impuestos de 2019, siempre que el solicitante de la ayuda acreditara circunstancias excepcionales.
Ahora el Real Decreto Ley 17/2021 amplía el plazo de cobertura de las ayudas en cuatro meses -desde el 31 de mayo hasta el 30 de septiembre de 2021- y considera incluido dentro de los costes fijos incurridos subvencionables el de las pérdidas contables que no hayan sido ya cubiertas por estas u otras ayudas.
Todo ello permitirá a las Comunidades autónomas que aún dispongan de fondos, abrir convocatorias adicionales a través de las que mejorar las ayudas inicialmente concedidas a las empresas que cumplan con los nuevos requisitos e incluso poder llegar a empresas que inicialmente se quedaron fuera de su cobertura.
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