El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) ha convocado un paquete de ayudas para apoyar la participación de películas cinematográficas y otras obras audiovisuales españolas -terminadas o en proyecto-, en eventos audiovisuales internacionales como festivales, ceremonias de entregas de premios, mercados, plataformas de coproducción, foros, laboratorios o residencias internacionales de reconocido prestigio, que se celebren entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de octubre de 2022.
Podrán ser beneficiarias de las mismas las empresas productoras, distribuidoras o agencias de ventas que cumplan una serie de requisitos, entre otros:
-Tener residencia legal o establecimiento en España en el momento de la percepción efectiva de la ayuda.
-Constituir una agrupación de empresas cuando la actividad subvencionable se vaya a realizar de manera conjunta por varias personas jurídicas.
-Tener participación efectiva de carácter creativo, técnico o de servicios en la producción, distribución o venta de la película cinematográfica u otra obra audiovisual, terminada o en proyecto, objeto de la ayuda.
-Haber realizado efectivamente todos o parte de los gastos subvencionables inherentes a la participación de la película cinematográfica u otra obra audiovisual en alguno de los eventos relacionados en el listado que puede consultar AQUÍ.
-Cuando se trate de películas cinematográficas u otras obras audiovisuales realizadas en régimen de coproducción internacional, la participación de las empresas productoras españolas deberá ser al menos del 20%.
Son gastos subvencionables los inherentes a la participación de la película cinematográfica u otra obra audiovisual, terminada o en proyecto, en los eventos para los que ha sido seleccionada o invitada y gastos de promoción en el certamen, tales como:
-Gastos de inscripción (fee) en el evento, en el caso de que se trate de un mercado, foro, laboratorio de desarrollo de proyectos.
-Gastos de campañas de publicidad en estos medios:
-Radio, televisión, internet, redes sociales y plataformas digitales.
-Publicaciones escritas periódicas españolas o extranjeras especializadas del sector cinematográfico o audiovisual.
-Prensa escrita diaria española durante los días del evento.
-Solo en el caso de las ceremonias de entrega de premios, la publicación en prensa escrita no española entre los 60 días naturales anteriores y los 7 siguientes a la fecha de dicha ceremonia.
-Publicidad exterior: MUPIs, OPIs, vallas, etc., en la ciudad donde se celebre el evento.
-Gastos de materiales promocionales tanto online como offline.
-Gastos de realización de teaser o de tráiler de la película cinematográfica u otra obra audiovisual terminada o en proyecto para su presentación en el evento.
-Gastos de tiraje, en cualquier formato, y subtitulado de las copias exigidas para participar en cada evento, conforme a su reglamento, así como de aquellas otras que se destinen a su proyección en los mercados que se celebren en los mismos.
-Gastos de contratación de empresas de relaciones públicas o agencias de prensa para desarrollar exclusivamente una labor específica en el evento.
-Gastos de contratación de empresas de transporte para el envío y retorno del material publicitario y, en su caso, de las copias al evento.
-Gastos de desplazamiento y alojamiento del equipo autoral, creativo y artístico de la película cinematográfica u otra obra audiovisual terminada así como de las personas responsables de la producción, distribución o venta de la misma.
-Gastos COVID: realización de pruebas PCR o test de antígenos obligatorios para el viaje o la entrada en el evento, exigidos por las autoridades sanitarias del país que albergue el evento o por las entidades organizadoras del mismo.
La cuantía de cada ayuda equivaldrá al importe total de los gastos subvencionables efectivamente realizados por la empresa solicitante con ocasión del evento y expresados en la solicitud con el límite máximo previsto en la dotación indicada para el evento en cuestión.
El plazo presentación de solicitudes es el siguiente:
-Para el procedimiento de selección relativo a los eventos que finalizaron entre el 1 de enero de 2022 y el 2 de julio de 2022, hasta el 15 de julio de 2022.
-Para el procedimiento de selección relativo a los eventos que se celebren o finalicen entre el 3 de julio y el 31 de octubre de 2022, diez días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada evento.
Todo ello será financiado con fondos del Plan Europeo de Recuperación.
Si está interesado en ampliar esta información puede ponerse en contacto con nuestro equipo especializado en asesoramiento y tramitación de ayudas públicas, llamando al 91 319 60 62 o escribiendo a la dirección de correo info@garridoforensic.es.