La evolución económica de la región ha permitido detectar la existencia de actividades perjudicadas por la crisis que hasta ahora habían quedado al margen de las ayudas, por lo que se ha hecho uso de las habilitaciones legales que tiene a su disposición la Comunidad y se les ha incluido dentro de su cobertura
A través de un nuevo Acuerdo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se ha procedido a la ampliación de la cobertura de esta línea de ayudas a todas las actividades que se clasifican en códigos de la Clasificación de Actividades Económicas – CNAE 09, con excepción de las siguientes actividades:
-Sección K. Actividades financieras y de seguros.
-Subsector 9700 de la Sección T. Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico.
-Sección U. Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales.
Y es que, como se señala en el propio Acuerdo, el seguimiento de la evolución económica de la región ha permitido detectar la existencia de una serie de subsectores englobados dentro de sectores de actividades económicas más amplios no incluidos dentro del ámbito de aplicación de estas ayudas que sí se han visto especialmente perjudicados por la crisis, aunque la media del sector de actividad en el que se incluyen no lo haya sido, y que reúnen los requisitos de disminución de volumen de operaciones que habilitarían el acceso a estas ayudas, razón por la cual ha procedido a incluirles en su ámbito subjetivo.
Aprovechando la ocasión, se ha establecido además un nuevo plazo de presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas hasta el 15 de noviembre de 2021.
Departamento de Documentación de Garrido Forensic