Las Comunidades autónomas podrán ampliar el ámbito de aplicación de las ayudas de la Línea Covid

No podrán alterar los límites económicos establecidos para las ayudas pero sí adaptarlos a las circunstancias particulares de su ámbito territorial

Las Comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla son las encargadas  de canalizar estas ayudas para los autónomos y empresas de los sectores más afectados por la pandemia.

Por otra parte, la identificación de los sectores más afectados por la crisis sanitaria se había vinculado a criterios objetivos a nivel nacional.

Sin embargo, la evidencia de que en algunas regiones puede haber sectores particularmente afectados sin que a nivel nacional superen los umbrales fijados en la definición de criterios objetivos establecidos en el Real Decreto-ley 5/2021, ha permitido la habilitación a las Comunidades autónomas para poder ampliar el elenco de destinatarios de las ayudas, conforme a sus particulares circunstancias.

En concreto, las Comunidades autónomas, gracias a la aprobación del Real Decreto-ley 6/2021 (Medidas complementarias de apoyo a empresas y autónomos afectados por la pandemia de COVID-19) podrán considerar que:

  • Son destinatarios de las ayudas, además de los empresarios y profesionales adscritos a los sectores definidos en el anexo I del RDL 5/2021 –incluidos los que tributen en el régimen de estimación objetiva del IRPF-, los que añadan en su territorio las diferentes Comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla
  • Las Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla -atendiendo a circunstancias excepcionales acontecidas en 2019 debidamente justificadas en sus convocatorias- podrán establecer excepciones a la limitación establecida en el RDLey 5/2021, que excluye como destinatarios de las ayudas a los empresarios o profesionales, entidades y grupos consolidados con resultados negativos en 2019 –aquellos que en la declaración del IRPF correspondiente a 2019 hayan declarado un resultado neto negativo por las actividades económicas en las que hubieran aplicado el método de estimación directa para su determinación o, en su caso, haya resultado negativa en dicho ejercicio la base imponible del IS o del IRNR, antes de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de bases imponibles negativas-. 
  • Excepcionalmente, y dentro de los límites económicos establecidos para las ayudas, las Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán otorgar ayudas con cargo a esta Línea Covid de ayudas directas a empresarios o profesionales y entidades adscritas a actividades que se clasifiquen en códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas –CNAE 09– no incluidos en el anexo I que se hayan visto particularmente afectados en el ámbito de su territorio, debidamente justificadas en sus convocatorias.

 

Departamento de Documentación de Garrido Forensic

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